Lospermisos son retribuidos, no recuperables, y se consideran tiempo trabajado efectivo. El personal podrá solicitar un permiso sin sueldo por asuntos propios cuya duración acumulada no podrá exceder de 3 meses al año, ni podrá ser inferior a cinco días hábiles.

Dentrodel mismo se encuentra el artículo 48 punto 1 letra k, que regula el permiso por asuntos propios (). Por lo que hace al argumento relativo a que si cabe negociar sistemas de permisos en el ámbito de la negociación colectiva de los empleados públicos, a la luz de lo dispuesto en el artículo 37 del propio EBEP, se ha de afirmar que ello es Loque se debate en el presente pleito es determinar si los días de permiso retribuido por asuntos propios deben computarse o no como jornada efectiva de trabajo, de modo que no sean recuperables a efectos del cumplimiento de la jornada laboral establecida en el art. 41 del propio Convenio Colectivo, y la respuesta tiene que ser favorable a la tesis de la
permisos1. por asuntos particulares NORMATIVA x • Art. 48.2 del EBEP.—BOE de 13 de abril de 2007. • Resolución de 20 de diciembre de 2005 de la Secretaría General de la Admón Pública.—BOE de 27 de diciembre de 2005. • Art. 47.N) y O) del III Convenio Único.—BOE de 12 de noviembre de 2009. DURACIÓN x

Solicitudde permiso por asuntos propios para el PDI: 3 meses cada 2 años. Breve descripción: Este procedimiento permite al pesonal docente e investigador de la UPV/EHU solicitar permiso no retribuido para asuntos propios. Su duración acumulada no podrá exceder de 3 meses cada 2 años. Servicio o unidad responsable

Permisoretribuido para la asistencia a pruebas de acceso a la Administración General de la CAE. Permiso para acudir a consultas, tratamientos y exploraciones de tipo médico. Permiso asistencia a eventos colectivos de carácter científico, técnico, profesional, colegial, asociativo o sindical. Permisos por asuntos propios.
. 377 351 151 17 421 340 401 83

permiso no retribuido por asuntos propios